SPFPL 2026: La holding de profesiones liberales (médicos, abogados, notarios)



Actualizado el 10 de agosto de 2026
La SPFPL (Société de Participations Finances de Professions Liberiales) es la holding que permite a los médicos, abogados, notarios y contables capitalizar sus beneficios en la IS en lugar de en la IR, a través del régimen madre-hija del 95 %. Esta guía detalla su creación, su fiscalidad y su uso a partir de 1.000 000 euros de patrimonio con Finary One.
- Sólo pueden optar a la profesión profesional regulada las profesiones que estén sujetas a un orden: médicos, abogados, notarios, contables, farmacéuticos, veterinarios y profesiones técnicas similares.
- La SPFPL debe poseer más del 50 % de los derechos de voto de la sociedad de ejercicio, cuyo capital sigue siendo propiedad predominante de profesionales en ejercicio.
- De los 200.000 euros de dividendos anuales, el régimen de la madre y la hija reduce el impuesto a unos 2.500 euros, frente a 62 800 euros en distribución directa.
- Crear una SPFPL cuesta entre 2.000 y 4.000 euros, con un equilibrio coste-beneficio alcanzado entre 80.000 y 100.000 euros de dividendos que se recuperan cada año.
Caso de estudio: cómo este médico radiológico liberal estructura su SELARL y su SPFPL para apuntar 10 millones de euros de patrimonio en 30 años.
¿Qué es una SPFPL?
Una SPFPL es una sociedad de cartera cuyo objetivo exclusivo es poseer participaciones en sociedades de ejercicio liberal (SEL) y gestionar dichas participaciones, reservada a las profesiones liberales reguladas y sometida a condiciones estrictas de control por profesionales en ejercicio.
El reto es doble: reproducir la mecánica de optimización fiscal de una sociedad de cartera clásica, respetando al mismo tiempo las normas éticas de los ordenamientos profesionales que prohíben que terceros no profesionales tomen el control de una consulta médica, jurídica o contable.
Según el INSEE, en 2024 había más de 1,1 millones de profesionales liberales, de los cuales 230.000 eran médicos y 73.000 abogados.
Marco jurídico e histórico
La SPFPL es creada por la Ley No 90-1258 de 31 de diciembre de 1990 El Decreto n° 92-704, de 23 de julio de 1992, establece las modalidades de aplicación.
El marco se ha reforzado mediante:
Según el BOFiP (Boletín Oficial de Finanzas Públicas), la SPFPL se asimila jurídicamente a una sociedad comercial clásica sujeta al IS, lo que le permite acceder al régimen de madre e hija de los artículos 145 y 216 del CGI (Código General de Impuestos).
Diferencia con una sociedad de cartera de patrimonio clásica
La SPFPL y la holding patrimonial La estructura fiscal es la misma (IS, la madre-hija, la madre-hija, el 95 %), pero varía en cuatro puntos estructurales:
Profesiones liberales elegibles
El ámbito de las profesiones subvencionables es amplio y abarca casi todas las profesiones liberales reguladas:
Según el INSEE, las profesiones liberales representan el 26 por ciento de las empresas creadas en Francia en 2024 y concentran una parte significativa de los altos patrimonios activos, lo que la convierte en un objetivo natural para la estructuración en SPFPL.
¿Por qué crear una SPFPL?
Un médico radiológico liberal recibe 380.000 € de beneficios netos a través de su SELARL (sociedad de Exercice Liberal A Responsabilidad Limitada). Si los saca en ingresos personales, paga 45 % de IR al tramo marginal, es decir, 171.000 € de impuestos y 60 800 € de cargas sociales. Si los capitaliza en una SPFPL en la IS, paga 25 % de IS, es decir, 95 000 €. La diferencia anual alcanza 136 800 €. En 10 años capitalizados al régimen madre-hija, es 1,7 millones de euros de patrimonio adicional.
La SPFPL responde a cuatro objetivos patrimoniales para el profesional liberal: optimizar la fiscalidad corriente, facilitar la adquisición de otros bufetes, preparar la cesión o la transmisión, y diversificar el patrimonio más allá de la actividad liberal.
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Capitalizar a la IS (25 %) en lugar de a la IR (hasta 45 %)
Es la ventaja más visible: un médico liberal que ejerce en SELARL paga a la IR sobre sus remuneraciones y la IS sobre el beneficio no distribuido. Si distribuye todo en dividendos, estos dividendos están sujetos a la flat tax del 31,4 % desde el 1 de enero de 2026, un tipo incrementado por la LFSS (Ley de Financiación de la Seguridad Social) 2026 que eleva la parte de las exacciones sociales del 17,2 % al 18,6 %.
Con una SPFPL interpuesta, los dividendos de la SELARL se benefician del régimen de madre e hija con 95 % de exención. El tipo efectivo de IS sobre estos dividendos cae en 1,25 %, frente a 31,4 % en distribución personal directa.
Con arreglo a las escalas BOFiP 2026, el IS se aplica al tipo reducido del 15 % sobre los primeros 42.500 € de beneficios para las PYME, y luego del 25 % más allá. Para un médico radiólogo que capitaliza 200 000 € de dividendos al año:
Régimen de exención de dividendos por maternidad: 95 %
La dieta madre-hija codificada en Artículos 145 y 216 del CGI exonera los dividendos que se hayan obtenido de una filial a su madre, en tres condiciones:
Sólo el 5 % de los dividendos se reintegran al resultado de la SPFPL en concepto de cuota de gastos y gastos. El tipo impositivo efectivo sobre los dividendos reintegrados es, por tanto, del 1,25 % (5 % x 25 %), frente al 31,4 % en distribución directa o hasta el 45 % en integración con el IR.
Preparar la cesión o transmisión del gabinete
Para un abogado asociado que vende sus acciones al final de su carrera o un médico que transmite su consulta a su sucesor, la SPFPL aporta dos palancas:
En un bufete de abogados valorado en 3 millones de euros, el uso combinado de la aportación-cesión + Pacto Dutreil permite diferir el flat tax del 31,4 % sobre la mejora y reducir los derechos de transmisión de 1 millón a alrededor de 260.000 €.
Diversificar más allá de la actividad liberal
La SPFPL puede invertir en varias clases de activos más allá de los valores de SEL:
Esta diversificación es esencial porque el valor de un gabinete liberal está fuertemente vinculado a la presencia activa del profesional. La SPFPL externaliza progresivamente la riqueza hacia activos financieros independientes de la actividad.
¿Cómo crear su SPFPL?
La creación de una SPFPL se lleva a cabo en cuatro etapas: verificación de las condiciones de detención, elección de la forma jurídica, redacción de los estatutos y aportación de los títulos de SEL. Se requiere la autorización del orden profesional antes de la inscripción en el registro mercantil.
Paso 1: Verificar las condiciones de detención
Las condiciones varían según la profesión , pero se basan en tres principios comunes derivados de la Ordenanza de 2023:
El incumplimiento de estas normas implica la pérdida de autorización ordinal y la recalificación fiscal de todo el montaje, con recordatorios de impuestos y sanciones. La validación por un abogado fiscalista y un contable especializado es indispensable.
Paso 2: Elegir la forma jurídica
Se admiten tres formas principales:
CriterioSASSARLSCPFlexibilidad estatutariaMuy fuerteEnmarcadoEnmarcadoRégimen social dirigenteAsimilado asalariadoTNS si mayoríaTNSAcciones de preferenciaSíNoCosto de creación2.500 a 4.000 €2.000 a 3.000 €2.000 a 3.000 €Public privilegiadoGrandes gabinetes, multi-asociadosCabina individualAncios montajes, transmisión
La SAS es hoy la forma más utilizada, ya que permite las acciones de preferencia, útiles para anticipar la transmisión diferenciada entre herederos o organizar una cesión progresiva del gabinete.
Paso 3: Redactar los estatutos
Los estatutos de una SPFPL contienen cláusulas específicas:
Es indispensable la intervención de un abogado especializado en derecho de sociedades y fiscalidad liberal. Los gastos varían entre 1.500 y 4.000 € según la complejidad.
Paso 4: Aportaciones en especie o en especie de los títulos SELARL
La alimentación de la SPFPL se realiza generalmente mediante la aportación de los títulos de la SEL existente. Tres opciones:
Para un médico radiólogo que prepara una cesión a los 5-10 años, la aportación en especie con colocación en aplazamiento es la mecánica privilegiada. Para un abogado que acaba de ceder, el mecanismo OBO permite comprar sus propios títulos diferenciando la fiscalidad a través del empréstito reembolsado por los dividendos futuros.
¿Cuál es la fiscalidad de la SPFPL?
La fiscalidad de la SPFPL combina la imposición a la IS a nivel de holding, el régimen de la madre y la hija sobre los dividendos de la SPFPL y el régimen de las ganancias a largo plazo sobre las cesiones de valores, lo que crea un efecto de capitalización a largo plazo de gran alcance.
Imposición a la IS
La SPFPL está sujeta al impuesto de sociedades según las escalas BOFiP 2026 :
Para la mayoría de las SPFPL de profesiones liberales, el tipo aplicable es el tipo reducido al 15 % en los primeros niveles de beneficio, lo que crea una ventaja inmediata en comparación con el tipo marginal de IR (30 %, 41 % o 45 %).
Régimen de maternidad en la práctica
El régimen de la madre e hija de los artículos 145 y 216 del CGI se aplicará a los dividendos que se hayan transferido de la SELARL o SELAS a la SPFPL:
Para beneficiarse de este régimen, deben cumplirse tres condiciones: posesión mínima del 5 % del capital, conservación de los títulos durante dos años, sumisión de ambas sociedades a la IS.
Valor añadido a largo plazo
Cuando la SPFPL ceda participaciones mantenidas durante más de dos años, se beneficiará del régimen de ganancias a largo plazo codificado alArtículo 219 IA quinquies del CGI :
Para un médico que cede su SELARL a través de su SPFPL con un valor añadido de 2 millones de euros, el coste fiscal es de 60.000 € (3 %) frente a 628.000 € en cesión directa a la flat tax de 31,4 %. La economía es masiva.
Caso práctico: el médico radiológico de 10 millones de euros
El vídeo que se presenta más arriba detalla la estrategia de un médico radiológico liberal que estructura su patrimonio para apuntar 10 millones de euros en 30 años. La SPFPL es el eje central de la mecánica.
Plan de capitalización
El montaje se basa en tres plantas:
Trayectoria cifrada
Hipótesis del caso práctico:
En 30 años, la proyección alcanza aproximadamente 10 millones de euros de patrimonio neto en la SPFPL, con sujeción a las hipótesis de rendimiento. El médico puede luego arbitrar entre transmisión vía Pacto Dutreil, cesión progresiva o consumo a través de dividendos jubilados.
Invertir implica riesgos de pérdida de capital, entre otros,. Los resultados pasados no prejuzgan el rendimiento futuro. Las hipótesis presentadas son indicativas y no representan una promesa de rendimiento.
SPFPL y Finary One
Finary One acompaña a las profesiones liberales que disponen de al menos 1 000 000 € de activos inversables en la estructuración de su SPFPL, el control de los dividendos que se recuperan desde la SELARL o la SELAS y la asignación patrimonial de la liquidez capitalizada (private equity, seguro de vida de Luxemburgo, inmobiliaria de empresa).
Más información sobre Finary One → Sólo para inversores con activos de inversión de 1 000 000 €. Invertir implica riesgos de pérdida de capital.
¿Cuáles son los límites de la SPFPL?
La SPFPL no es una solución universal. Tres límites estructurales imponen un análisis caso por caso: el rigor de las condiciones de control ordinal, los gastos recurrentes y la prohibición de salario directo desde la SPFPL hacia el profesional.
Requisitos estrictos de control ordinal
La SPFPL debe respetar permanentemente sus condiciones de detención. Una cesión de acciones a un profesional no en ejercicio, la muerte de un socio sin transmisión inmediata a un colega, o la salida de un dirigente pueden dar lugar a:
Es indispensable que un auditor especializado y la revisión anual de los estatutos de un abogado fiscalista sean objeto de seguimiento.
Gastos de gestión contable y jurídica
Los gastos recurrentes se elevan a:
PartidaCosto anual indicativoExperto contable2 500 a 5 000 € Asesoramiento jurídico anual1 000 a 2 500 €CFE y cotizaciones conexas500 a 1.500 €Domiciliación y administrativa500 a 1.200 €Total anual4 500 a 10 200 €
El equilibrio coste-beneficio se alcanza a partir de 80 000 a 100 000 € de dividendos anuales aumentados. Por debajo, los gastos absorben una parte demasiado importante de la ventaja fiscal.
No hay salario directo desde la SPFPL
El dirigente de la SPFPL no puede pagar un salario por su actividad profesional, ya que esta se ejerce en el seno de la SEL y es remunerada por ella.
Esta restricción limita la SPFPL a un papel de capitalización e inversión, y no de pago corriente del profesional.
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SPFPL versus otras estructuras
La SPFPL no es la única opción. Dependiendo del perfil y el horizonte, otras estructuras pueden ser más adaptadas. Aquí está la tabla de comparación.
CriterioSPFPLHolding clásico (SAS)SCI patrimonialProfesión admisibleLiberal reguladaTodasLasObjetos socialesDetención de títulos SELLibreImmobiliariaRégimen madre-hijaSíNo (Régimen SCI en la IS)Apport-cession 150-0 B terSíNoPacto DutreilSí (si animadora)Sí (si animadora)NonAgrado ordinalSíNoNoNoForma privilegiadaSASSASSSocia civilCosto anual4 500 a 10 200 €4 000 a 10 700 €1 500 a 3 500 €
Para un médico o abogado que ejerce en liberal, la SPFPL es la única opción que permite poseer títulos de SEL. Una holding clásica en SAS podría utilizarse en paralelo para albergar participaciones en sociedades no liberales (inmuebles de alquiler, inversiones diversificadas), con un tabique estricto entre los dos vehículos.
La SPFPL, ladrillo fiscal imprescindible para los liberales de altos ingresos
La SPFPL se ha convertido en el ladrillo patrimonial estándar para los médicos, abogados, notarios y contables que capitalizan una parte significativa de sus beneficios. holding patrimonial clásico con un marco deontológico adecuado, y da acceso a las mismas palancas fiscales: régimen madre-hija del 95 %, aporte-cesión 150-0 B ter, Pacto Dutreil, Crédito Lombard.
Para el médico radiólogo que transforma 200 000 € de efectivo durmiendo en 10 millones de euros en 30 años, como para el abogado que prepara la cesión progresiva de su consulta, la SPFPL es la herramienta estructural. Su potencia proviene menos de una ventaja fiscal aislada que de la combinación capitalización a la IS + régimen madre-hija + diversificación en private equity y Operaciones LBO + seguro de vida de Luxemburgo.
El rigor deontológico impuesto por los órdenes profesionales, las condiciones de control y los gastos recurrentes justifican un acompañamiento experto. Para los patrimonios a partir de 1 000 000 € de activos inversables, Finary One estructura estas operaciones con un wealth manager dedicado, socios jurídicos y fiscales y una vista patrimonial 360°.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre SPFPL y SELARL?
La SELARL (sociedad de Exercice Liberale A Responsibilité Limitée) es la sociedad en la que el profesional ejerce su actividad liberal y cobra sus honorarios. La SPFPL es la holding que posee los títulos de la SELARL y capitaliza los dividendos al régimen madre-hija. La SELARL es la planta operativa, la SPFPL es la planta patrimonial.
¿Pueden todas las profesiones liberales crear una SPFPL?
Sólo pueden optar a las profesiones liberales reguladas sujetas a una orden o autoridad de control, que abarcan las profesiones de salud (médicos, dentistas, farmacéuticos, fisioterapeutas, veterinarios), las profesiones jurídicas (abogados, notarios, alguaciles) y las profesiones de cifrado y técnicas (expertos contables, auditores, geógrafos expertos, arquitectos), y las profesiones liberales no reguladas (consultores, coaches, formadores) deben pasar por una holding clásica.
¿De qué nivel de ingresos se ha creado una SPFPL?
El equilibrio coste-beneficio se alcanza desde 80 000 a 100 000 € de dividendos anuales que se remontan desde SELARL o SELAS. Por debajo, los gastos contables y jurídicos de 4 500 a 10.200 € anuales absorben una parte demasiado importante de la economía fiscal. Por encima de 200 000 €, la palanca se vuelve muy poderosa y la diferencia se mide en cientos de miles de euros en 10 años.
¿Podemos acumular SPFPL y SCI?
La SPFPL posee los títulos de la SELARL y capitaliza los dividendos de la actividad liberal. Una SCI en la IS, propiedad de la SPFPL o directamente del profesional, alberga la propiedad inmobiliaria de la empresa o de los locales comerciales. Esta articulación permite aislar los riesgos, amortiguar el inmueble durante 20-30 años y beneficiarse de la exención IFI sobre bienes inmuebles de empresa destinados a la actividad.
¿Es obligatoria la SPFPL para los médicos liberales?
No, la SPFPL es una opción patrimonial, no una obligación. Un médico puede ejercer en SELARL o SELAS sin interponer SPFPL y optar por distribuirse los dividendos directamente. La SPFPL se vuelve interesante cuando el profesional quiere capitalizar una parte significativa de sus beneficios, preparar una cesión o una transmisión, o diversificar su patrimonio más allá de la actividad liberal.
¿Cómo articular SPFPL y seguro de vida de Luxemburgo?
La SPFPL puede suscribir una Seguro de vida de Luxemburgo En ese caso, se beneficia del triángulo de seguridad de Luxemburgo, del acceso a los fondos dedicados FID (Fondo Interno Dedicado) y FAS (Fondo de Garantía Especializado), y de una fiscalidad de ahorro optimizada. Esta combinación es muy utilizada por las profesiones liberales más allá de 1 millón de euros de patrimonio financiero, como complemento de asignaciones en propiedad privada e inmobiliaria.
¿Qué sucede si se interrumpe la actividad?
Si el profesional deja de trabajar (retirada, cambio de carrera), la SPFPL pierde gradualmente su utilidad. Tres opciones: ceder los títulos de la SELARL a un colega y transformar la SPFPL en holding clásico, transmitir los títulos a los herederos a través del Pacto Dutreil, o disolver la SPFPL y liquidar los activos. Cada opción tiene un impacto fiscal importante y debe ser anticipada de 5 a 10 años antes de la terminación.
Fuentes
Avisos reglamentarios: Comunicación de carácter promocional: la inversión implica un riesgo de pérdida de capital, parcial o total. Los resultados pasados no prejuzgan el rendimiento futuro. Este artículo tiene un carácter informativo y pedagógico; no constituye ni un asesoramiento en inversión personalizado, ni una recomendación de compra o venta, ni un asesoramiento fiscal. Antes de cualquier inversión, consulte el Documento de Información Clases (DIC) y, en su caso, un consejero habilitado. Finary SAS, Empresa de Inversión autorizada por la ACPR con el número 19283, miembro de la AMAFI. Corredor de Seguros con ORIAS con la partida 21001279, adherente de la CNCGP (asociación autorizada por AMF). Prestatario de Servicios sobre Crypto-Activos (PSCA) autorizado por AMF con el régimen MiCA con las referencias n° A2026-026 y n°N2026-008.








